Sala de Casación Laboral declara desierto recurso de casación por incumplimiento de término y ordena continuar trámite de demandas presentadas
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 23:16:43
Contexto y tribunal competente
La providencia corresponde a un auto emitido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, máxima instancia en materia laboral, en el marco del proceso con radicación número 11001310501620160016301. La decisión fue tomada en Bogotá, D.C., el 3 de septiembre de 2025, y responde a un recurso de casación interpuesto en un litigio entre un consorcio integrado por empresas del sector de la construcción y petrolero, y diversas personas naturales y jurídicas, incluyendo compañías de transporte y aseguradoras.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso judicial involucra reclamaciones presentadas por múltiples partes, entre ellas un consorcio de empresas y una empresa petrolera nacional, contra personas naturales y otras sociedades. En este contexto, se presentaron varios recursos de casación para impugnar decisiones previas. Sin embargo, una de las empresas integrantes del consorcio no presentó su recurso dentro del plazo legal establecido para ello.Consideraciones de la providencia
La Sala de Casación Laboral, fundamentada en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964, declaró desierto el recurso de casación presentado tardíamente por una de las empresas, debido al incumplimiento del término de traslado. Esta decisión implica que dicho recurso no será estudiado ni tendrá efecto procesal. Por otra parte, las demandas de casación presentadas por las otras empresas involucradas cumplieron con los requisitos formales exigidos por la ley, por lo que la Sala ordenó continuar con el trámite correspondiente. En este sentido, se aplicó el artículo 2° de la Ley 2213 de 2022, que autoriza el uso de tecnologías de la información para facilitar y agilizar el acceso a la justicia,...Más noticias sobre Derecho Laboral
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