Corte Suprema define competencia para juzgamiento en caso de interés indebido en contratos públicos
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 23:26:53
Contexto y antecedentes del caso
El proceso penal se originó por la formulación de imputación de cargos en contra de un procesado por delitos relacionados con interés indebido en la celebración de contratos públicos. La Fiscalía especializada contra la corrupción presentó escrito de acusación en contra de dicha persona, señalando la suscripción irregular de contratos de obra para el mejoramiento vial en municipios de Caldas y Risaralda. Se señaló que el acusado habría coordinado y participado en la adjudicación irregular de estos contratos, con conocimiento de que se pagaron porcentajes como contraprestación. Inicialmente, el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Manizales declaró su incompetencia para conocer el asunto y remitió el expediente al Juzgado Penal del Circuito de Salamina, argumentando que el lugar de ejecución de los contratos debía determinar la competencia. Sin embargo, el juzgado de Salamina se abstuvo de pronunciarse, remitiendo el caso de nuevo al juzgado de Manizales, el cual instaló audiencia para discutir la competencia y reiteró su declaración de incompetencia. Ante la controversia entre las partes y los juzgados involucrados, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia fue convocada para definir la competencia definitiva.Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
La Sala recordó que, conforme a los artículos 32 y 54 de la Ley 906 de 2004 (Código de Procedimiento Penal), la definición de competencia es el mecanismo para establecer de manera definitiva qué autoridad judicial debe conocer una etapa procesal o asunto específico. Además, enfatizó que la competencia para juzgar delitos conexos corresponde al juez de mayor jerarquía y que, en caso de conflicto, el...Más noticias sobre Derecho Penal
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