Corte Suprema confirma terminación anticipada de proceso en Justicia y Paz por delitos cometidos tras desmovilización
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 23:36:26
Contexto y competencia jurisdiccional
La providencia fue emitida en segunda instancia por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de su competencia para resolver recursos de apelación contra autos proferidos por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá. En este caso, la Corte analiza un recurso presentado contra un auto del 19 de mayo de 2025 que declaró la terminación anticipada del proceso transicional de Justicia y Paz.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de la postulación de un exintegrante de un grupo armado organizado al margen de la ley, quien se desmovilizó en 2006 y accedió a los beneficios de la Ley 975 de 2005, conocida como Ley de Justicia y Paz. Posteriormente, el postulado fue condenado en dos ocasiones por delitos dolosos cometidos tras su desmovilización: hurto agravado en 2018 y hurto calificado junto con tráfico, fabricación o porte de armas de fuego en el mismo año, en municipios del departamento de Santander. La Fiscalía solicitó la exclusión del postulado del proceso transicional y la terminación anticipada del trámite, basándose en el numeral 5 del artículo 11A de la Ley 975 de 2005, que prevé la exclusión cuando el desmovilizado es condenado por delitos dolosos cometidos después de desmovilizarse. La solicitud contó con el apoyo del Ministerio Público, la representación de las víctimas y la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), mientras que la defensa se opuso y presentó recurso de apelación.Consideraciones de la Corte
La Corte Suprema recordó que la exclusión de un...Más noticias sobre Derecho Penal
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