Corte Suprema de Justicia anula actuaciones por falta de notificación en proceso de tutela contra entidad pensional
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 23:53:22
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, dentro del trámite de un recurso de impugnación contra un fallo de tutela originado en la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali y extendido a la Sala de Casación Laboral de la misma corporación. El proceso judicial involucra una acción de tutela instaurada por una sociedad administradora de fondos de pensiones contra la mencionada Sala Laboral, relacionada con un proceso laboral en el que también figura como demandada la Administradora Colombiana de Pensiones.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó en un juicio laboral, donde se presentaron recursos y decisiones en diferentes instancias. Durante el trámite de la acción de tutela, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia avocó conocimiento y ordenó el enteramiento de las partes e intervinientes. Sin embargo, no se notificó formalmente a la entidad Administradora Colombiana de Pensiones sobre el auto admisorio y la sentencia de primera instancia, lo cual afectó su derecho a la defensa. Esta omisión fue detectada durante la revisión del recurso, y se consideró que comprometía la validez del procedimiento.Consideraciones jurídicas de la decisión
La Sala recordó que el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991 y el artículo 5º del Decreto 306 de 1992 establecen la obligación de notificar todas las providencias a las partes o intervinientes en el proceso, utilizando el medio más expedito y eficaz para asegurar la efectividad de la notificación y el ejercicio del derecho de defensa. La Corte enfatizó...Más noticias sobre Derecho Laboral
No se encontraron sugerencias