Corte Suprema niega adición a sentencia en tutela contra Juzgados de Cartagena
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 23:56:31
Providencia emitida y contexto procesal
La Corte Suprema de Justicia, mediante auto proferido en Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, resolvió el 19 de junio de 2025 la solicitud de adición presentada respecto a la sentencia STC7244-2025, dictada el 22 de mayo del mismo año. La tutela fue instaurada contra el Juzgado Quinto Civil del Circuito y el Segundo Civil Municipal de Ejecución, ambos de Cartagena, en relación con un proceso ejecutivo.Antecedentes fácticos y procesales
El Banco Popular S.A. solicitó a los Juzgados que se dejaran sin efectos tres providencias emitidas entre octubre de 2024 y marzo de 2025, que implicaban el desistimiento tácito, la concesión de recurso de apelación y la confirmación de decisiones previas en el proceso ejecutivo. Además, pidió la reanudación del proceso y la resolución sobre medidas cautelares solicitadas en septiembre de 2024. Previamente, la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena había desestimado la tutela por considerar que la acción era anticipada y no cumplía con el requisito de subsidiariedad. La Sala de Casación confirmó dicha decisión en la sentencia que ahora se discute. Posteriormente, la entidad financiera presentó una solicitud de adición a la sentencia, argumentando que el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Cartagena había emitido un auto el 14 de mayo de 2025, previo a la sentencia impugnada, en el cual reiteraba argumentos que, según la parte solicitante, no fueron debidamente considerados.Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
La Corte recordó que, conforme al artículo 4º del Decreto 306 de 1992, la tutela se rige por las disposiciones del Código General del Proceso...Más noticias sobre Derecho Civil
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