Corte Suprema declara nulidad en proceso de tutela por fallas en notificación a la Superintendencia de Industria y Comercio
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 23:59:43
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia en cuestión es un auto proferido por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en el marco de un recurso de impugnación presentado por la Superintendencia de Industria y Comercio – Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales. El auto resuelve la nulidad de las actuaciones procesales de una acción de tutela originada en el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue instaurada contra la Superintendencia de Industria y Comercio, quien fue vinculada desde el auto admisorio dictado por el tribunal de instancia. Sin embargo, la notificación a esta entidad no se realizó de manera adecuada. La Secretaría del Tribunal remitió una comunicación confusa y contradictoria que incluía documentos de diferentes accionantes y dos escritos de tutela con pretensiones y hechos distintos bajo una misma radicación, lo cual generó incertidumbre sobre el objeto específico de la controversia.Consideraciones jurídicas de la providencia
El auto fundamenta su decisión en el numeral 8º del artículo 133 del Código General del Proceso y el artículo 2.2.3.1.1.3 del Decreto 1069 de 2015, que establecen la nulidad de actuaciones cuando se vulnera el debido proceso, en particular el derecho a la defensa. Además, cita el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991, que obliga a notificar a las partes o intervinientes en los procesos constitucionales, garantizando así la participación efectiva de terceros con interés legítimo. La Corte Suprema concluye que la falta de notificación impidió a la Superintendencia de Industria y Comercio ejercer su derecho a intervenir en el proceso,...Más noticias sobre Derecho Civil
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