Corte Suprema de Justicia anula trámite de tutela por falta de notificación completa en proceso registral
Proviene de: Sentencias
13 de septiembre de 2025 0:4:28
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia en cuestión es un auto proferido por la Corte Suprema de Justicia en su Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, en segunda instancia, que resuelve la impugnación de un fallo emitido por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena. La acción de tutela analizada fue instaurada contra la Superintendencia de Notariado y Registro, el Juzgado Tercero Civil del Circuito y la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de la misma ciudad.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso tiene origen en una tutela presentada contra varias entidades y autoridades públicas relacionadas con la gestión registral y judicial de ciertos instrumentos públicos. Sin embargo, durante el trámite, se omitió vincular formalmente a todas las partes interesadas y directamente involucradas en el proceso original, en especial a quienes tenían un particular interés en las medidas cautelares dictadas en otro proceso conexo. Esta omisión afectó el conocimiento y la participación plena en el trámite de tutela.Consideraciones jurídicas de la providencia
El auto se fundamenta principalmente en el respeto al derecho al debido proceso, consagrado en la Constitución y desarrollado en la jurisprudencia. El artículo 16 del Decreto 2591 de 1991 y el artículo 5 del Decreto 306 de 1992 establecen la obligación de notificar todas las providencias a las partes o intervinientes en el trámite judicial, buscando asegurar la eficacia de la notificación y la posibilidad de ejercer el derecho de defensa. En este caso, la Corte Suprema constató que, si bien algunas entidades fueron vinculadas y notificadas, no ocurrió lo mismo con todas las...Más noticias sobre Derecho Civil
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