Corte Suprema declara nulidad de trámite en tutela por competencia jurisdiccional
Proviene de: Sentencias
13 de septiembre de 2025 0:19:47
Contexto y antecedentes del proceso
La decisión fue proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en el marco de un recurso de impugnación contra una sentencia dictada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, que conoció en primera instancia una acción de tutela. Esta acción fue interpuesta con el fin de proteger el derecho fundamental de petición, presuntamente vulnerado por la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá – Oficina de Archivo Central. El ciudadano accionante solicitó el 6 de octubre de 2023 copia de un acta, sentencia de segundo grado y el audio de la misma, dentro de un proceso judicial previamente radicado. Tras no recibir respuesta en un tiempo razonable, elevó la acción de tutela. La Sala Laboral del Tribunal Superior declaró improcedente la tutela por falta del requisito de inmediatez, debido a que entre la presentación del derecho de petición y la tutela transcurrió un periodo superior a seis meses.Consideraciones jurídicas principales
La Corte Suprema de Justicia, al analizar el recurso, estableció que, aunque el trámite de tutela es sumarísimo, debe respetar las garantías constitucionales del debido proceso, incluyendo el derecho de contradicción y defensa. Al revisar el caso, la Sala concluyó que la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá no era competente para conocer la tutela en primera instancia. Esto se fundamenta en que la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá es una autoridad pública del orden nacional, y conforme al numeral 2 del artículo 1 del Decreto 333 de 2021, las acciones de tutela contra autoridades del...Más noticias sobre Derecho Laboral
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