Tribunal Superior de Medellín confirma negativa de prisión domiciliaria para madre cabeza de familia en proceso por concierto para delinquir y hurto calificado
Proviene de: Sentencias
15 de septiembre de 2025 17:10:3
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial fue emitida por la Sala Penal de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en segunda instancia, mediante sentencia aprobada el 27 de agosto de 2025 y notificada el 1 de septiembre del mismo año. La actuación corresponde a un proceso ordinario radicado ante el Juzgado 13° Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Medellín, que inicialmente profirió la sentencia condenatoria en primera instancia.Antecedentes fácticos y procesales
La acusada fue imputada el 24 de agosto de 2022 por los delitos de hurto calificado y agravado, en concurso con concierto para delinquir, por hechos ocurridos entre 2021 y 2022, relacionados con actividades delictivas atribuidas a un grupo delincuencial. Se impuso medida de aseguramiento de detención preventiva. En mayo de 2024, la acusada se allanó a los cargos y el 12 de junio de 2024 se dictó sentencia condenatoria por concierto para delinquir con fines de hurto y hurto calificado, sin agravantes. Se negó la prisión domiciliaria solicitada en calidad de madre cabeza de familia, así como el subrogado de servicio de utilidad pública. Posteriormente, la defensa interpuso recurso de apelación solicitando, entre otras cosas, la concesión de prisión domiciliaria por la condición de madre cabeza de familia, argumentando que la procesada tenía bajo su cuidado a una menor de edad, cuya manutención y protección recaían exclusivamente en ella debido al incumplimiento por parte del progenitor.Consideraciones jurídicas de la sentencia
La Sala recordó que la figura de madre o padre cabeza de familia está regulada en el artículo 2° de la Ley 82 de 1993, que...Más noticias sobre Derecho Penal
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