Tribunal Superior de Medellín confirma rechazo a reclamo por valor de mejoras en inmueble familiar basado en prueba de oídas
Proviene de: Sentencias
15 de septiembre de 2025 17:10:32
Contexto y antecedentes del caso
Un heredero presentó demanda contra otros sucesores de la propiedad de un inmueble familiar, solicitando que se le reconociera como propietario de las mejoras edificadas en un segundo piso y que se le condenara al pago del valor de dichas mejoras, además de los frutos civiles generados por el arrendamiento del bien. Como alternativa, pidió la entrega material de las mejoras. Alegó que construyó la vivienda con sus propios recursos y con el consentimiento de su padre, basando su reclamo en un supuesto acuerdo familiar no formalizado. En primera instancia, el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Itagüí desestimó la demanda por falta de prueba directa que acreditara que el demandante financió la construcción, calificando los testimonios presentados como de oídas. Frente a esta decisión, el demandante interpuso recurso de apelación.Análisis jurídico y valoración probatoria
El Tribunal Superior de Medellín centró su análisis en la figura jurídica de la accesión, regulada en los artículos 713, 738 y 739 del Código Civil, que establece que el dueño de un bien adquiere también lo que se une o se construye en él, salvo excepciones que permiten al constructor reclamar el valor de las mejoras en casos específicos. El Tribunal resaltó que, para que un tercero que edificó en suelo ajeno pueda reclamar el valor de las mejoras, debe probar que:- a) La construcción se financió con su exclusivo peculio, confirmando que es el dueño real de la obra, no solo un colaborador o benefactor.
- b) No ostenta la tenencia material del inmueble, ya sea por haber sido despojado por sentencia judicial o...
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