Consejo de Estado niega aclaración sobre pérdida de investidura por conflicto de intereses en concejo municipal
Proviene de: Sentencias
17 de septiembre de 2025 16:43:13
Tribunal e instancia
La providencia fue dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el marco de una solicitud de aclaración de sentencia dentro de la jurisdicción de lo contencioso administrativo.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso tiene como origen la decisión inicial del Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Plena, que en febrero de 2025 decretó la desinvestidura de dos concejales del municipio de San Pedro de los Milagros, correspondiente al periodo constitucional 2024-2027. La causal fue la violación al régimen de conflicto de intereses, establecida en el artículo 55, numeral 2, de la Ley 136 de 1994, en concordancia con el artículo 48, numeral 1 de la Ley 617 de 2000 y el artículo 11, numeral 14, de la Ley 1437 de 2011. Los concejales no manifestaron impedimento durante la votación y elección de la secretaria general del Concejo, quien había integrado la misma lista electoral que ellos. Tras la confirmación de esta sentencia en julio de 2025 por parte del Consejo de Estado, los concejales solicitaron la aclaración de la decisión, argumentando que el fallo no contenía un análisis suficiente sobre la responsabilidad subjetiva ni una evidencia probatoria clara que demostrara que conocían o debían conocer el conflicto de intereses.Consideraciones de la providencia
El Consejo de Estado recordó que la aclaración de sentencias está regulada en el artículo 285 del Código General del Proceso (CGP), y procede únicamente cuando existan conceptos o frases en la parte resolutiva que generen verdadero motivo de duda. Además, la aclaración no es un recurso para reabrir o cuestionar...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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