Consejo de Estado anula resolución que negó registro de marca por falta de acreditación de notoriedad
Proviene de: Sentencias
17 de septiembre de 2025 16:53:57
Contexto y tribunal competente
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado profirió sentencia en única instancia en el proceso de medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado por una sociedad solicitante contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). La demanda cuestionaba la legalidad de la Resolución núm. 17452 de 17 de marzo de 2014, emitida por el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial de la SIC, la cual negó el registro de la marca nominativa "MONGOL" para productos de la Clase 16 internacional.Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad solicitante pidió el registro del signo nominativo "MONGOL" para distinguir productos relacionados con papel, cartón, artículos de imprenta, papelería y otros, clasificados en la Clase 16 de la Clasificación Internacional de Niza. La solicitud fue objeto de oposición por parte de un tercero con interés directo, titular de una marca homónima registrada y reconocida como notoriamente conocida para lápices de grafito en la misma clase. Inicialmente, la Dirección de Signos Distintivos de la SIC declaró infundada la oposición y concedió el registro a la solicitante mediante Resolución núm. 8144 de 2012. Sin embargo, en segunda instancia, el Superintendente Delegado revocó esa decisión mediante la Resolución núm. 17452 de 2014, acogiendo la oposición con fundamento en la notoriedad reconocida previamente para la marca opositora. El proceso judicial incluyó la solicitud de interpretación prejudicial al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA) sobre la aplicación de la Decisión 486 de 2000, que regula la propiedad industrial en la subregión andina. El TJCA emitió su interpretación en 2024, reiterando...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias