Consejo de Estado anula registro de marca por riesgo de confusión en servicios inmobiliarios
Proviene de: Sentencias
17 de septiembre de 2025 16:57:57
Providencia del Consejo de Estado en materia de propiedad industrial
La Sala Primera de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resolvió en única instancia un proceso de nulidad relativa instaurado por una administradora de fondos de pensiones y cesantías contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). El caso se originó a partir del registro concedido a una sociedad, actualmente con otra razón social, para la marca mixta “PROTECCIÓN INMOBILIARIA” en la clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza, que incluye servicios de seguros, financieros y negocios inmobiliarios.
Antecedentes y pretensiones
La parte demandante presentó oposición al registro solicitado por el tercero interesado, alegando que la marca “PROTECCIÓN INMOBILIARIA” generaba riesgo de confusión con su marca nominativa “SOLUCIONES INMOBILIARIAS PROTECCIÓN”, también registrada en la misma clase y para servicios similares. La Superintendencia, mediante la directora de Signos Distintivos, declaró infundada la oposición y concedió el registro en marzo de 2016, decisión que fue confirmada en noviembre de 2016 por el superintendente delegado para la propiedad industrial.
Frente a estas resoluciones, la demandante solicitó que se declarara la nulidad de ambos actos administrativos y la cancelación del registro de la marca otorgada al tercero interesado, alegando vulneración del literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de 2000, que prohíbe el registro de marcas idénticas o semejantes que puedan causar confusión o asociación.
Consideraciones jurídicas y análisis del Consejo de Estado
El Consejo de Estado abordó la competencia para conocer el caso y analizó los antecedentes procesales y fácticos. Para resolver, se apoyó en la Interpretación Prejudicial 285-IP-2021 del Tribunal de Justicia de la...
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