Providencia confirmatoria del Tribunal Administrativo del Cesar
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera – Subsección B, mediante auto proferido el 19 de agosto de 2025, resolvió el recurso de apelación interpuesto por la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional contra la sentencia del Tribunal Administrativo del Cesar del 10 de octubre de 2024. Esta última había declarado la responsabilidad patrimonial del Ejército por la muerte de un suboficial profesional ocurrida el 3 de septiembre de 2012 en un accidente de tránsito durante el cumplimiento de una orden de traslado y custodia de un militar detenido.
Antecedentes fácticos y procesales
El militar fallecido se encontraba en servicio activo como suboficial custodio adscrito a un batallón en Valledupar (Cesar). La misión encomendada consistió en trasladar a un interno del Centro de Reclusión Militar hacia el municipio de Agustín Codazzi (Cesar) para atender una calamidad familiar de dicho detenido. El traslado se efectuó en un vehículo particular sin escolta ni plan de seguridad, lo que contravino los protocolos establecidos para custodia de reclusos. Durante el desplazamiento, el vehículo colisionó contra la baranda de un puente, causando heridas fatales al suboficial, quien falleció semanas después en un hospital militar.
La familia del militar demandó a la Nación por la falla en el servicio, argumentando que la orden de traslado se impartió sin las medidas de seguridad correspondientes. La entidad demandada negó responsabilidad, alegando que el militar estaba de permiso y que el accidente fue resultado de un caso fortuito y culpa exclusiva del conductor. Además, sostuvo que cualquier riesgo era asumido voluntariamente al ingresar a la Fuerza Pública y que el traslado no se ajustó a una orden oficial ni a los protocolos legales.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Cesar declaró la responsabilidad del Ejército Nacional, fundamentando que el traslado fue ordenado por un superior, el militar estaba en cumplimiento de funciones y la operación adoleció de irregularidades en materia de seguridad, exponiendo al soldado a un riesgo excesivo y no asumido voluntariamente. La condena incluyó el pago de indemnizaciones por perjuicios morales a los padres y hermanos del suboficial.
Consideraciones y fundamentos de la Sala
El Consejo de Estado confirmó la sentencia apelada luego de analizar las pruebas documentales y testimoniales, que evidenciaron:
- El militar fallecido se encontraba en servicio activo y en cumplimiento de una orden directa para custodiar al detenido durante el traslado.
- El traslado se realizó en condiciones irregulares, con un vehículo particular, sin escolta ni plan de seguridad, contraviniendo la normatividad aplicable a los centros de reclusión militar.
- La entidad demandada incurrió en falla del servicio al exponer al militar a un riesgo excepcionalmente mayor al asumido al ingresar a la institución.
- No se acreditó que el suboficial hubiera actuado por su cuenta o en contravía de órdenes, descartando la causal eximente de responsabilidad por hecho exclusivo de la víctima.
- Se constató mala fe en la actuación del mando superior, quien negó la orden y fue condenado penalmente por falsedad ideológica en documento público relacionado con el caso.
La Sala aclaró que, aunque el accidente fue causado por la pérdida de control del vehículo al esquivar un animal en la vía, la exposición a un riesgo mayor durante el traslado es imputable al Ejército Nacional por la falta de protocolos y supervisión adecuados.
Indemnización y condena en costas
En cuanto a la indemnización, se confirmó el pago de perjuicios morales en favor de los padres y hermanos del militar, conforme a los parámetros jurisprudenciales vigentes para casos de muerte de personas. La Sala no se pronunció sobre perjuicios materiales debido a que la apelación fue presentada únicamente por la entidad demandada.
Finalmente, se condenó en costas a la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, ordenando que el tribunal de primera instancia realice la liquidación correspondiente de manera concentrada.
Medidas adicionales
El Consejo de Estado dispuso remitir copia del expediente a la Fiscalía General de la Nación para que investigue posibles responsabilidades penales derivadas de la actuación del mando superior implicado en la falsificación de documentos.
Esta decisión reafirma la importancia del cumplimiento de protocolos de seguridad en las operaciones militares y la responsabilidad estatal cuando se incumplen, generando daños a los miembros de la Fuerza Pública en ejercicio de sus funciones. De esta manera, se busca garantizar que situaciones similares no se repitan y se protejan los derechos y la integridad de quienes sirven en las fuerzas armadas del país.