Consejo de Estado niega nulidad extemporánea en proceso de liquidación de perjuicios contra Secretaría Distrital de Ambiente
Proviene de: Sentencias
17 de septiembre de 2025 17:24:0
Contexto y antecedentes procesales
La providencia fue emitida por el Consejo de Estado en el trámite de un incidente de nulidad promovido por la sociedad demandante, originada en el proceso contencioso administrativo que tuvo como demandado al Departamento Administrativo del Medio Ambiente, hoy Secretaría Distrital de Ambiente. La acción inicial fue ejercida con fundamento en el artículo 85 del Código Contencioso Administrativo. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de la demanda. Sin embargo, en segunda instancia, la Sección Primera del Consejo de Estado revocó dicha sentencia el 31 de julio de 2014, declaró la nulidad de los actos administrativos demandados y condenó en abstracto a la entidad demandada a pagar una suma por daño emergente y lucro cesante, cuya cuantía debía determinarse en incidente posterior. Posteriormente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió en un auto del 2 de junio de 2022 parcialmente favorable a las objeciones presentadas contra el dictamen pericial que sustentaba la liquidación de perjuicios, lo que dio lugar a recursos de apelación interpuestos por ambas partes y resueltos mediante auto del 29 de marzo de 2023 por el Consejo de Estado. El demandante solicitó aclaración y adición a dicha providencia, así como recurso de súplica, que fue declarado improcedente mediante auto del 15 de marzo de 2024.Argumentos de la solicitud de nulidad
La sociedad demandante solicitó la nulidad del proceso a partir del auto del 29 de marzo de 2023 o subsidiariamente desde el auto del 15 de marzo de 2024, alegando principalmente:- Falta de competencia en la emisión del auto que resolvió la apelación, por considerar que...
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