Consejo de Estado acepta impedimento de magistrado en proceso por reparación directa tras atentado terrorista
Proviene de: Sentencias
17 de septiembre de 2025 17:24:59
Contexto y tribunal que conoce la providencia
La providencia tiene origen en el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C, instancia de segunda instancia que revisa decisiones de tribunales administrativos. Se trata de un auto, mediante el cual el despacho resuelve sobre un impedimento presentado por uno de sus consejeros para intervenir en un proceso de reparación directa.Antecedentes del proceso
La demanda fue interpuesta por un grupo de actores contra diversas entidades estatales, entre ellas el Ministerio de Defensa, la Policía Nacional y otras, así como contra una corporación privada, a raíz de un atentado terrorista ocurrido en febrero de 2003 en la sede social de dicha corporación. Los demandantes reclaman reparación por los perjuicios sufridos debido a presuntas omisiones de las entidades demandadas. En primera instancia, el Tribunal Administrativo accedió parcialmente a las pretensiones, lo que motivó la apelación de las entidades demandadas. El expediente se encuentra en la etapa de elaboración del proyecto de sentencia de segunda instancia cuando uno de los consejeros del Consejo de Estado manifestó un impedimento para participar en el proceso, alegando ser socio de la corporación demandada, lo que podría afectar su imparcialidad.Consideraciones jurídicas de la providencia
El auto analiza el impedimento con base en las causales contempladas en el artículo 150 del Código de Procedimiento Civil (CPC), hoy artículo 141 del Código General del Proceso (CGP), que buscan preservar la imparcialidad del juez. En particular, el numeral 11 establece que un juez debe apartarse si él, su cónyuge o parientes cercanos son socios de alguna de las partes en sociedades de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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