Consejo de Estado niega aclaración de sentencia sobre ineptitud sustantiva en demanda contra el Ministerio de Salud
Proviene de: Sentencias
17 de septiembre de 2025 17:27:47
Providencia y contexto procesal
El pasado 19 de agosto de 2025, la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado, órgano encargado de la jurisdicción de lo contencioso administrativo en segunda instancia, negó la solicitud de aclaración presentada por la parte demandante, una Entidad Promotora de Salud, respecto a la sentencia emitida el 26 de marzo de 2025. Esta sentencia había revocado la decisión proferida el 11 de noviembre de 2022 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y declaró la ineptitud sustantiva de la demanda interpuesta contra la Nación, en cabeza del Ministerio de Salud y Protección Social.Antecedentes fácticos y procesales
La controversia surgió de una demanda presentada por la entidad demandante que cuestionaba actos administrativos expedidos entre 2008 y 2013, relacionados con la fijación del valor de la unidad de pago por capitación (UPC) del Plan Obligatorio de Salud para los regímenes contributivo y subsidiado. La demanda fue interpuesta mediante el medio de control judicial de reparación directa. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca había rechazado la demanda, decisión que fue revocada parcialmente por la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado en 2018 y confirmada en aspectos procesales en 2021. En la sentencia de marzo de 2025, la Sala revocó la sentencia de primera instancia y declaró probada la excepción de ineptitud sustantiva de la demanda por indebida escogencia del medio de control, considerando que la vía de reparación directa no era la adecuada para cuestionar los actos administrativos en cuestión.Consideraciones de la Sala y fundamento jurídico
La solicitud de aclaración presentada por la parte...Más noticias sobre Salud
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