Consejo de Estado rechaza solicitud de nulidad en proceso de nulidad electoral por recusaciones simultáneas
Proviene de: Sentencias
17 de septiembre de 2025 17:38:27
Contexto y competencia jurisdiccional
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en su competencia para resolver sobre recusaciones y nulidades en procesos electorales, conoció un auto emitido en el marco de una solicitud de nulidad electoral. La providencia fue dictada en segunda instancia, en Bogotá D.C., el 8 de septiembre de 2025. El proceso involucró recusaciones formuladas contra magistrados de la Sección Quinta y uno de sus conjueces, motivadas por las partes dentro de un proceso de nulidad electoral. Ante dichas recusaciones, el expediente fue asignado a la Sección Primera para resolver sobre la procedencia de las mismas, conforme al artículo 132 numeral 4 de la Ley 1437 de 2011.Antecedentes procesales
En julio de 2025, el apoderado judicial del accionado y una de las partes recusaron a varios magistrados de la Sección Quinta y a un conjuez. Posteriormente, en agosto de 2025, el mismo accionante presentó recusación contra el consejero ponente de la Sección Primera, justo antes de la realización de la Sala de Decisión. El 8 de agosto de 2025, la Sección Primera emitió un auto que resolvió las recusaciones presentadas contra los magistrados y conjuez de la Sección Quinta, sin pronunciarse previamente sobre la recusación contra el consejero ponente. En agosto, el accionante solicitó la nulidad de todo lo actuado desde ese auto, alegando que la tramitación continuó pese a la suspensión obligatoria prevista tras la formulación de recusaciones según el artículo 145 de la Ley 1564 de 2012.Consideraciones jurídicas y fundamento del rechazo
La Sección Primera del Consejo de Estado declaró su competencia para resolver la solicitud de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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