Consejo de Estado confirma negativa de pérdida de investidura por régimen de incompatibilidades en designación de secretario general ad hoc
Proviene de: Sentencias
17 de septiembre de 2025 17:40:40
Providencia del Consejo de Estado sobre pérdida de investidura
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, en segunda instancia, resolvió el recurso de apelación contra la sentencia del Tribunal Administrativo del Magdalena que negó la pérdida de investidura de un diputado electo para el período constitucional 2024-2027. La controversia surgió tras la designación temporal de este diputado como secretario general ad hoc de la Asamblea Departamental en la sesión del 26 de noviembre de 2024.
Antecedentes del caso
El solicitante promovió la acción de pérdida de investidura alegando que el diputado incurrió en la causal de violación al régimen de incompatibilidades, prevista en el numeral 1 del artículo 60 de la Ley 2200 de 2022 y el artículo 291 de la Constitución Política. La acusación se basaba en que el diputado aceptó y ejerció el cargo de secretario general ad hoc de la Asamblea Departamental, cargo que forma parte de la administración pública departamental, durante la sesión mencionada.
Según el demandante, esta aceptación vulneró la prohibición legal y constitucional que impide a los miembros de corporaciones públicas aceptar cargos en la administración pública, lo que conllevaría a la pérdida de investidura. Además, se argumentó que la designación tuvo un propósito ilegal al realizarse en una sesión que estaba suspendida por medida cautelar judicial y en la que existía una suspensión de voz y voto a un diputado por decisión del partido político al que pertenecía.
Por su parte, el diputado acusado contestó que la designación fue temporal y excepcional, como secretario general ad hoc, durante la misma sesión, para suplir...
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