Consejo de Estado revoca responsabilidad de empresa pública en accidente de tránsito por conducción en contravía bajo estado de embriaguez
Proviene de: Sentencias
17 de septiembre de 2025 17:42:0
Providencia de segunda instancia en proceso de reparación directa
El Consejo de Estado analizó un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia del Tribunal Administrativo de Nariño, Sala Segunda de Decisión, en un proceso de reparación directa por responsabilidad extracontractual derivada de un accidente de tránsito. La providencia, emitida el 19 de agosto de 2025, revisó la condena inicial que atribuía responsabilidad parcial a la Empresa de Obras Sanitarias, por falta de señalización en obra pública vial.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó tras un accidente ocurrido el 14 de junio de 2014, en una intersección intervenida por obras públicas. El conductor de una motocicleta sufrió lesiones al caer en un hueco profundo sin señalización visible. La demanda inicial solicitó que se declarara la responsabilidad patrimonial de la empresa pública encargada de la obra y otras entidades vinculadas, por presunta falta de señalización y mantenimiento adecuado que generaron el riesgo.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Nariño reconoció la responsabilidad extracontractual de la empresa en un 60%, tras concluir que la vía no contaba con señales preventivas o reglamentarias adecuadas para advertir sobre la obra. Asimismo, desestimó la alegación de estado de embriaguez del conductor por falta de pruebas directas, aunque admitió la conducción en contravía como un factor concurrente.
La empresa apeló, argumentando que el accidente se debió exclusivamente a la conducta imprudente del conductor, quien transitaba en contravía y bajo efectos del alcohol, y que la vía estaba debidamente señalizada conforme a la normativa vigente.
Consideraciones y fundamentos jurídicos
El Consejo de Estado revisó el informe de tránsito y testimonios, confirmando que...
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