Consejo de Estado confirma sentencia sobre indemnización en expropiación administrativa en Ibagué
Proviene de: Sentencias
17 de septiembre de 2025 17:46:56
Providencia judicial en segunda instancia sobre expropiación administrativa
El Consejo de Estado, en ejercicio de su competencia en segunda instancia, analizó y resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Tolima, la cual negó las pretensiones de nulidad y restablecimiento del derecho planteadas contra el Municipio de Ibagué y la Gestora Urbana de Ibagué E.I.C.E., entidades demandadas en un proceso relacionado con la expropiación administrativa de un inmueble.Antecedentes y pretensiones
Los demandantes, propietarios del inmueble y de las mejoras sobre el mismo, solicitaron la nulidad del decreto municipal que ordenó la expropiación con base en razones de utilidad pública, así como el pago de una indemnización que además del precio del bien incluyera el lucro cesante derivado del establecimiento comercial que funcionaba en el predio. También reclamaron perjuicios morales y el pago de costas procesales. La expropiación se fundamentó en la necesidad de ampliar y mejorar el Estadio Manuel Murillo Toro en Ibagué. El valor indemnizatorio pagado correspondió al avalúo realizado por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), sin incluir compensaciones adicionales por lucro cesante.Contestación y argumentos de la defensa
El Municipio y la Gestora Urbana se opusieron a las pretensiones alegando que el pago realizado fue justo y basado en avalúos oficiales, que se realizó una negociación directa con los propietarios, y que no existió vicio en el acto administrativo. Además, afirmaron que la indemnización por lucro cesante es procedente únicamente en la fase de expropiación y no en negociaciones voluntarias o compraventa directa.Consideraciones de la Sala de segunda instancia
El Consejo de Estado recordó que el...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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