Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma improcedencia de recurso de apelación contra auto que escindió demanda en proceso contra ADRES
Proviene de: Sentencias
18 de septiembre de 2025 13:53:52
Contexto y competencia del tribunal
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, conoció en segunda instancia el recurso de queja interpuesto por una entidad promotora de salud contra una providencia dictada por el Juzgado 609 Transitorio Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C. La cuestión se originó en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido contra la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), relacionado con varias comunicaciones emitidas por esta entidad sobre solicitudes de recobro de servicios no financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC).Antecedentes fácticos y procesales
La entidad promotora de salud presentó demanda acumulando pretensiones contra ocho comunicaciones expedidas por la ADRES, cada una constituyendo un acto administrativo autónomo. El juzgado de primera instancia ordenó la escisión de la demanda, separando siete de las comunicaciones para su trámite independiente, y admitió únicamente la demanda relativa a una comunicación específica. El fundamento para esta medida fue que cada acto administrativo representaba decisiones con fundamentos y efectos propios, que debían analizarse de manera individual y no conjunta, conforme a la autonomía de los actos administrativos y la normativa procesal vigente. Posteriormente, la demandante interpuso recurso de apelación contra el auto que escindió la demanda, recurso que fue negado por el juzgado. Contra esta negativa se interpuso recurso de queja ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.Consideraciones jurídicas del Tribunal
El Tribunal inició su análisis recordando que, conforme al artículo 243 del CPACA, el legislador estableció de forma taxativa un catálogo cerrado de autos susceptibles de recurso de apelación. Entre ellos...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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