Tribunal Administrativo de Cundinamarca se pronuncia sobre derechos de petición en incidente de regulación de perjuicios
Proviene de: Sentencias
18 de septiembre de 2025 14:37:32
Contexto y origen de la providencia
La Sección Tercera, Subsección “A” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en auto fechado el 12 de septiembre de 2025, se pronunció sobre varios derechos de petición presentados por una de las demandantes en un proceso de reparación directa que cursa en esa corporación. Este trámite está vinculado a un incidente de regulación de honorarios presentado dentro del proceso principal. La magistrada ponente, encargada del despacho, reconoció la personería del apoderado judicial actual y revocó la del anterior representante. Los derechos de petición analizados fueron presentados directamente por una de las demandantes, sin mediación de abogado, lo que motivó al Tribunal a hacer precisiones sobre la forma correcta de presentación de solicitudes conforme al artículo 160 de la Ley 1437 de 2011, que establece la obligatoriedad de actuar a través de abogado inscrito en procesos judiciales.Antecedentes fácticos y procesales
El incidente de regulación de honorarios fue presentado por un abogado dentro del proceso de reparación directa que involucra al Distrito Capital. En este contexto, una de las demandantes interpuso derechos de petición relacionados con presuntas irregularidades y denuncias en contra de otra apoderada judicial, así como solicitudes de información vinculadas a actuaciones en Fiscalía y otros entes de control. Entre las peticiones, se solicitó:- El allegamiento de expedientes en los que intervino la apoderada cuestionada.
- La investigación y compulsas de copias a la Fiscalía General de la Nación por presuntos delitos como extorsión, concierto para delinquir y falsa denuncia.
- El reconocimiento de la calidad de víctima por parte de las autoridades y del abogado involucrado en el incidente.
- La inclusión de dichas peticiones...
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