Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena liquidar contrato estatal y fija agencias en derecho tras decisión del Consejo de Estado
Proviene de: Sentencias
18 de septiembre de 2025 14:43:54
Contexto del proceso y tribunal competente
La providencia objeto de análisis fue proferida por la Subsección C de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el marco de un proceso de controversias contractuales. La decisión corresponde a un auto judicial emitido en segunda instancia, en cumplimiento de una orden emanada del Consejo de Estado, máxima jurisdicción administrativa del país, que revisó en apelación una sentencia previa de primera instancia. El proceso tiene como partes a una sociedad comercial demandante y a la Alcaldía Mayor de Bogotá, representada por la Secretaría de Educación del Distrito, entidad demandada. La controversia gira en torno a la liquidación judicial del contrato estatal número 3038 de 2015, celebrado para la prestación de servicios de suministro.Antecedentes fácticos y procesales
La demandante solicitó la liquidación del contrato, reclamando el reconocimiento y pago de valores correspondientes a facturas no canceladas y la diferencia entre el valor ofertado inicialmente y el menor valor pagado por la entidad contratante. Esta diferencia se fundamentó en la aplicación de una regla prevista en el pliego de condiciones para casos en que exista un único oferente en el proceso de selección abreviada por subasta inversa. Además, se requirió el reconocimiento de intereses moratorios conforme al numeral 8º del artículo 4 de la Ley 80 de 1993, solicitud que fue expresamente planteada en la demanda. En primera instancia, el Tribunal Administrativo accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda. Posteriormente, el Consejo de Estado, mediante providencia del 3 de junio de 2025, modificó esta sentencia, ordenando que la liquidación del contrato se realizara de manera concentrada...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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