Tribunal Administrativo de Cundinamarca remite proceso de reparación directa por competencia funcional
Proviene de: Sentencias
18 de septiembre de 2025 14:56:45
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Tercera, Sub-sección C, a través de un auto fechado el 15 de septiembre de 2025, abordó un caso en ejercicio del medio de control de reparación directa previsto en el artículo 140 del CPACA. En esta providencia, el tribunal decidió abstenerse de conocer el proceso y remitió el expediente a los Juzgados Administrativos de Bogotá, Sección Tercera, por no ser competente funcionalmente en primera instancia.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso fue iniciado por un grupo de demandantes que buscan la declaratoria de responsabilidad administrativa extracontractual de la Nación - Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional, por la presunta falla del servicio que habría contribuido a la muerte de un funcionario público que se desempeñaba como alcalde de un municipio en el departamento del Cauca durante el periodo 2020-2023.
Los hechos narrados en la demanda señalan que el funcionario falleció como consecuencia de un atentado armado ocurrido en diciembre de 2023, en un contexto de delicada situación de orden público. Los demandantes atribuyen la responsabilidad al Ministerio de Defensa y su Policía Nacional, por no garantizar adecuadamente la seguridad del funcionario, y solicitan el reconocimiento y pago de perjuicios inmateriales derivados de esa omisión.
Consideraciones jurídicas sobre la competencia
El tribunal recordó que la competencia es un principio esencial para la administración de justicia, garantizando el derecho fundamental al juez natural. La jurisdicción y competencia están regladas y vinculadas al debido proceso.
Para determinar la competencia funcional, el tribunal aplicó el artículo 152 del CPACA, modificado por la Ley 2080 de 2021,...
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