Tribunal Administrativo de Cundinamarca remite proceso de reparación directa por falta de competencia en razón de la cuantía
Proviene de: Sentencias
18 de septiembre de 2025 14:59:26
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 9 de septiembre de 2025, la Sección Tercera Subsección B del Tribunal Administrativo de Cundinamarca profirió un auto relacionado con un proceso de reparación directa. En este acto procesal, la magistrada ponente resolvió no avocar conocimiento del caso por falta de competencia debido a la cuantía reclamada, ordenando remitir el expediente a los juzgados administrativos de Bogotá Sección Tercera. Esta decisión se inscribe dentro del marco del procedimiento establecido en la Ley 2080 de 2021, que regula el trámite de demandas de esta naturaleza.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada el 3 de julio de 2025 por un ciudadano que solicitó la declaración de responsabilidad patrimonial de varias entidades públicas y privadas, incluyendo una empresa de servicios públicos domiciliarios, la Alcaldía Mayor de Bogotá, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la Rama Judicial y una corporación privada. La demanda también involucraba a un funcionario de la empresa prestadora del servicio, cuyo nombre se mantuvo reservado por el proceso.
El demandante reclamó una indemnización por perjuicios morales y emocionales, cuantificada en cincuenta y seis millones novecientos cuarenta mil pesos colombianos (COP $56.940.000). Además, solicitó que se ordenara a la empresa demandada adelantar una investigación interna contra el funcionario involucrado y que la Superintendencia adoptara medidas para garantizar la correcta prestación del servicio.
El tribunal, mediante auto fechado el 30 de julio de 2025, requirió al demandante aclarar varios aspectos, entre ellos la estimación razonada de la cuantía, concediéndole un plazo de diez días. Sin embargo, el expediente ingresó al despacho el 22 de agosto de 2025...
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