Tribunal Administrativo de Cundinamarca fija litigio y admite pruebas en demanda contra actos administrativos del Ministerio de Vivienda y CRA
Proviene de: Sentencias
18 de septiembre de 2025 15:5:31
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección «A», emitió un auto el 16 de septiembre de 2025 en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. Esta providencia se dictó en cumplimiento del artículo 42 de la Ley 2080 de 2021, que adicionó el artículo 182A a la Ley 1437 de 2011, incorporando la posibilidad de emitir sentencia anticipada en ciertos casos para agilizar los procesos judiciales en materia administrativa.Antecedentes del proceso
La demanda fue instaurada por una empresa pública de servicios en contra del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA). El objeto de la acción fue la nulidad de tres actos administrativos emitidos en 2024: la liquidación oficial de la Contribución Especial correspondiente a dicho año y las resoluciones mediante las cuales se resolvieron los recursos de reposición y apelación, confirmando la liquidación inicial. Tras un primer intento de inadmisión que fue subsanado oportunamente, el tribunal admitió la demanda y recibió la contestación de la entidad demandada, la cual se opuso a las pretensiones y presentó excepciones de mérito sin solicitar pruebas adicionales.Fundamentos y consideraciones jurídicas
El tribunal constató que, conforme al artículo 182A de la Ley 1437 de 2011, modificado por la Ley 2080 de 2021, se pueden dictar sentencias anticipadas cuando el asunto sea de puro derecho, no requiera práctica de pruebas o solo se soliciten pruebas documentales no controvertidas, o cuando las pruebas solicitadas sean impertinentes o inútiles. En este caso, las partes aportaron las pruebas documentales...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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