Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega suspensión de proceso por prejudicialidad en caso tributario contra la DIAN
Proviene de: Sentencias
18 de septiembre de 2025 15:7:25
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Subsección A de la Sección Cuarta, conoció un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado por una sociedad comercial contra la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La demanda fue presentada el 29 de mayo de 2025 y busca la nulidad de dos resoluciones: una sanción tributaria por devolución improcedente y la resolución que negó el recurso de reconsideración interpuesto contra dicha sanción.
La demandante solicitó dentro del proceso la suspensión del trámite por prejudicialidad, argumentando que la resolución sancionatoria depende directamente de la decisión que se adopte en un proceso judicial separado sobre la determinación oficial del impuesto sobre la renta del período gravable 2017, también en trámite ante el mismo tribunal.
Decisión del tribunal y fundamentos jurídicos
La magistrada ponente, a cargo del despacho, resolvió mediante auto fechado el 16 de septiembre de 2025 negar la solicitud de suspensión por prejudicialidad. Para ello, se basó en el análisis de los artículos 161 y 162 del Código General del Proceso (CGP), aplicables al proceso contencioso administrativo por remisión expresa del artículo 306 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
El artículo 161 del CGP establece que el juez administrativo puede suspender un proceso cuando la sentencia dependa necesariamente de lo que se decida en otro proceso judicial que verse sobre cuestión que sea imposible de ventilar en el primero. No obstante, el artículo 162 aclara que esta suspensión solo procede si el proceso que justifica la suspensión se encuentra en estado...
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