Competencia y naturaleza de la providencia
El auto fue proferido por la Magistrada ponente de la Subsección “A” de la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en primera instancia, en el marco del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. Este medio de control judicial está previsto en el artículo 152 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que regula la impugnación de actos administrativos ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó con la presentación de una demanda el 11 de septiembre de 2025, contra la U.A.E. – DIAN, entidad de orden nacional, en la cual se solicita la nulidad de actos administrativos emitidos por dicha autoridad. Los documentos administrativos controvertidos son:
- Resolución del 26 de marzo de 2025, mediante la cual se resuelven excepciones.
- Resolución del 15 de mayo de 2025, que decide un recurso de reposición.
La demanda fue presentada dentro del término legal establecido, conforme al literal d), numeral 2º del artículo 164 del CPACA, ya que no se superó el plazo desde la expedición del último acto administrativo impugnado hasta la fecha de presentación de la demanda.
Consideraciones jurídicas del auto
El tribunal constató que la demanda cumple con los requisitos formales exigidos por los artículos 162 y 163 del CPACA y el artículo 35 de la Ley 2080 de 2021, que regula aspectos procesales y de notificación electrónica. Además, se verificó la competencia del tribunal para conocer del asunto, dado que se trata de la nulidad de actos administrativos dictados por...