Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena sentencia anticipada en proceso sobre reconocimiento de primas laborales en la Rama Judicial
Proviene de: Sentencias
18 de septiembre de 2025 15:42:43
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda - Sala Transitoria, con ponencia de uno de sus magistrados, en Bogotá D.C., el 15 de septiembre de 2025. La instancia corresponde a un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado contra la Nación – Rama Judicial, en segunda instancia administrativa.
Antecedentes fácticos y procesales
El litigio se origina a partir de la demanda presentada por un juez de la República, quien solicitó la declaración de nulidad de actos administrativos expedidos por la Rama Judicial. Dichos actos negaron el reconocimiento y pago de la prima especial contemplada en el artículo 14 de la Ley 4ª de 1992, modificada por la Ley 332 de 1996, además de la reliquidación de todas las prestaciones sociales derivadas de esta omisión.
El demandante reclama el pago del 30% adicional de su remuneración mensual, equivalente a la prima especial, desde el momento de su vinculación al cargo, con todas las consecuencias prestacionales que ello implica, incluyendo cesantías, intereses a las cesantías y demás beneficios legales. También solicita que la entidad demandada continúe pagando el 100% de los ingresos mensuales correspondientes al cargo de juez, con sus respectivas prestaciones sociales, y que se actualicen (indexen) las sumas adeudadas conforme a los índices oficiales.
En la contestación de la demanda, la Nación – Rama Judicial presentó excepciones tales como la imposibilidad presupuestal de reconocer los derechos, prescripción, integración del litis consorcio y una excepción innominada. La excepción de prescripción extintiva fue señalada para decidirse mediante sentencia anticipada.
Consideraciones del Tribunal y fundamento jurídico
El Tribunal Administrativo consideró...
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