Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena traslado para alegatos en proceso sobre primas y bonificaciones en la Rama Judicial
Proviene de: Sentencias
18 de septiembre de 2025 15:43:49
Contexto y competencia del tribunal
La providencia fue proferida por la Sección Segunda - Sala Transitoria del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en calidad de tribunal de segunda instancia, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado contra la Nación - Rama Judicial. La Sala asumió competencia para conocer el proceso en virtud de un acuerdo del Consejo Superior de la Judicatura emitido a comienzos de 2025.
El caso tiene como objeto el análisis de reclamaciones presentadas por varios servidores judiciales, quienes solicitaron la reliquidación y pago de prestaciones sociales, incluyendo primas especiales equivalentes al 30% de la remuneración mensual, bonificación judicial y bonificación por actividad judicial, conceptos que fueron negados mediante actos administrativos expedidos por la Dirección Ejecutiva Seccional Bogotá - Cundinamarca.
Antecedentes fácticos y procesales
Los demandantes, fungiendo como jueces municipales y funcionarios de la Rama Judicial, presentaron una petición ante la Dirección Ejecutiva Seccional solicitando la reliquidación y pago de prestaciones sociales y emolumentos devengados desde su vinculación laboral hasta la fecha, incluyendo la prima especial del 30%, bonificación judicial y bonificación por actividad judicial.
La solicitud fue negada mediante una resolución administrativa del 23 de marzo de 2021, contra la cual se interpuso recurso de apelación, el cual fue resuelto en enero de 2022 confirmando la negativa. Ante esta situación, los afectados instauraron la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, cuestionando la legalidad y constitucionalidad de las decisiones administrativas.
Durante el trámite, la entidad demandada no contestó la demanda, y el tribunal consideró procedente dictar sentencia anticipada, conforme a la normatividad procesal vigente, dado que el caso...
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