Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en 2025, sería emitido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y modificaría los artículos 2.2.2.51.2, 2.2.2.51.4, 2.2.2.51.5, 2.2.2.51.6, 2.2.2.51.7 y 2.2.2.51.8, además de adicionar el artículo 2.2.2.51.15 del Capítulo 51 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único del Sector Comercio, Industria y Turismo. Este decreto reglamenta el derecho a la reversión de pagos establecido en el artículo 51 de la Ley 1480 de 2011, conocida como Estatuto del Consumidor. El documento se sometería a consulta pública y contaría con la supervisión de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Propósito y alcance del proyecto
El proyecto tendría como finalidad principal actualizar y precisar las disposiciones relacionadas con la reversión de pagos en las adquisiciones realizadas mediante mecanismos de comercio electrónico, tales como internet, PSE, call center, televentas o tiendas virtuales. Se orientaría a garantizar mayor claridad, eficiencia y oportunidad en el ejercicio del derecho de los consumidores, atendiendo a las nuevas dinámicas del comercio digital y a la protección de los derechos de los usuarios.
Los sectores directamente afectados incluirían proveedores, productores, emisores de instrumentos de pago electrónico y, principalmente, los consumidores de bienes y servicios adquiridos por medios electrónicos.
Modificaciones y nuevas disposiciones propuestas
Entre los cambios más relevantes que contemplaría el proyecto, se encontrarían:
- La ampliación y especificación de las causales que justificarían la reversión del pago, incluyendo fraude, operaciones no solicitadas, no recepción del producto, entrega de bienes diferentes o defectuosos, y la parte proporcional no consumida de servicios.
- Una regulación más detallada sobre la...