Consejo de Estado confirma nulidad y límites en impuesto por uso del subsuelo y espacio público en Cajicá
Proviene de: Sentencias
25 de septiembre de 2025 9:3:39
Contexto y tribunal que profiere la decisión
La providencia es una sentencia de segunda instancia emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta del Consejo de Estado colombiano, en el marco de un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La sentencia confirmada fue proferida el 5 de diciembre de 2024 y el proceso se originó por una demanda presentada contra el municipio de Cajicá, Cundinamarca.Antecedentes fácticos y procesales
El Concejo Municipal de Cajicá adoptó mediante el Acuerdo 12 de 2020 un Estatuto Tributario local que reguló, entre otros aspectos, el impuesto de delineación y construcción. La parte demandante, una empresa de servicios públicos, interpuso demanda de nulidad contra dicho Acuerdo, argumentando que el impuesto por el uso del subsuelo en vías públicas y por excavaciones, sobre el cual se basaba el cobro, fue derogado expresamente por la Ley 142 de 1994. Por tanto, solicitó la nulidad total del Acuerdo o, en subsidio, la nulidad específica de los artículos relacionados con el impuesto de delineación urbana. En primera instancia, el Tribunal Administrativo negó las pretensiones, basándose en que el Acuerdo 12 de 2020 no reguló el impuesto derogado por la Ley 142 de 1994 sino el impuesto de delineación urbana, que cuenta con habilitación legal vigente. La parte actora apeló esta decisión, insistiendo en la ilegalidad del cobro y en la protección especial que deben tener las empresas de servicios públicos frente a impuestos locales.Consideraciones centrales de la sentencia del Consejo de Estado
El Consejo de Estado abordó preliminarmente el principio de congruencia procesal, señalando que el...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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