Consejo de Estado confirma reducción de sanción tributaria por entrega extemporánea de información a la DIAN
Proviene de: Sentencias
25 de septiembre de 2025 9:7:14
Providencia y tribunal
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta del Consejo de Estado, mediante sentencia de segunda instancia, resolvió el recurso de apelación interpuesto por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) contra la sentencia del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, del 5 de junio de 2024, relacionada con la nulidad y restablecimiento del derecho en un proceso de sanción tributaria.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con la imposición de una sanción por parte de la DIAN, mediante Resolución Sanción del 30 de abril de 2018, a una entidad investigadora por no presentar la información exógena correspondiente al año gravable 2014. La sanción inicial ascendió a $412.275.000, basada en la aplicación del límite de 15.000 UVT conforme al artículo 651 del Estatuto Tributario (ET) vigente entonces. La entidad interpuso recurso de reconsideración solicitando la reducción de la multa, que fue negada en dos resoluciones posteriores. Posteriormente, se acudió a la vía judicial mediante demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, alegando violaciones a los principios constitucionales de proporcionalidad, razonabilidad y favorabilidad, y argumentando que la información fue presentada extemporáneamente, con el pago de la sanción correspondiente y la solicitud de aplicación de reducciones previstas en los artículos 640 y 651 del ET.Consideraciones principales de la sentencia
El Tribunal Administrativo del Valle del Cauca declaró la nulidad parcial de los actos administrativos sancionatorios, reconociendo que la entidad cumplió con la presentación de la información con posterioridad a la notificación del pliego de cargos, lo que permitió acceder a una reducción del 20% de la sanción conforme al artículo 651...Más noticias sobre Derecho tributario
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