Proyecto de decreto del Ministerio de Salud y Protección Social para regular apertura y traslado de establecimientos farmacéuticos minoristas
Proviene de: Proyectos de Decreto
26 de septiembre de 2025 19:1:8
Contexto y marco normativo
El proyecto de decreto, anunciado en 2025 por el Ministerio de Salud y Protección Social, buscaría adicionar la Sección 2 al Capítulo 10 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016. Esta iniciativa se enmarcaría en la necesidad de dar cumplimiento a la reviviscencia del parágrafo 3º del artículo 10 de la Ley 23 de 1962, tras la Sentencia C-479 de 2024 de la Corte Constitucional, que ordenó definir la regulación vigente sobre la autorización para la apertura y traslado de farmacias y droguerías. El decreto complementaría normas previas como la Ley 23 de 1962, la Ley 715 de 2001, así como el Decreto 2200 de 2005 y sus modificaciones, armonizando las competencias entre el nivel nacional y las entidades territoriales en materia de regulación del servicio farmacéutico, en el marco de la autonomía territorial consagrada por la Constitución Política.Propósito y alcance del proyecto
El propósito principal del proyecto sería establecer los criterios mínimos y procedimientos para la autorización de apertura o traslado de establecimientos farmacéuticos minoristas en todo el territorio nacional. Se buscaría garantizar la cobertura geográfica adecuada, la equidad en el acceso a medicamentos, dispositivos médicos y tecnologías en salud, así como la pluralidad de opciones para los usuarios. Los sectores afectados incluirían a los establecimientos farmacéuticos minoristas, las entidades territoriales responsables de la autorización y vigilancia, y la población usuaria del Sistema General de Seguridad Social en Salud, especialmente personas en zonas rurales o con movilidad reducida.Modificaciones y medidas específicas planteadas
Entre las disposiciones relevantes del proyecto se destacarían:- La obligación de...
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