Consejo Nacional Electoral establece límites para cuñas televisivas en campañas al Congreso 2026
Proviene de: Resoluciones
30 de septiembre de 2025 21:11:16
Entidades emisoras y contexto normativo
La Resolución 06179 de 2025 fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el 30 de julio de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.258 el 29 de septiembre de 2025. Esta decisión se fundamenta en las facultades constitucionales conferidas por el artículo 265 de la Constitución Política Nacional y en las disposiciones del artículo 37 de la Ley 1475 de 2011, norma que regula la propaganda electoral en Colombia.
Tema principal y destinatarios
La resolución fija el número máximo de cuñas televisivas que podrán contratar los partidos y movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que participen en las elecciones al Congreso de la República (Senado y Cámara de Representantes) programadas para el 8 de marzo de 2026. El destinatario principal es, por tanto, el conjunto de organizaciones políticas y sociales que inscriban candidatos para dichos comicios, así como sus campañas electorales.
Objetivo de la resolución
El propósito central es establecer un marco regulatorio claro para la contratación de publicidad electoral en televisión, garantizando que la propaganda se realice dentro de los límites legales en cuanto a cantidad y duración, y que se respete el tope máximo de gastos autorizados para las campañas electorales. Esto contribuye a la transparencia y equidad en el desarrollo del proceso electoral.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución determina que durante los 60 días previos a la jornada electoral, cada campaña al Senado o a la Cámara podrá contratar hasta una (1) cuña televisiva diaria de máximo 30 segundos, la cual podrá emitirse en cualquier canal nacional, regional o local. Además, los partidos...
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