Providencia emitida por la Sala 27 Especial de Decisión del Consejo de Estado
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sala 27 Especial de Decisión, bajo la ponencia de la magistrada encargada, adoptó un auto el 25 de septiembre de 2025 mediante el cual se rechazó el recurso extraordinario de revisión presentado por una sociedad constructora. Esta providencia corresponde a la tramitación en única instancia de dicho recurso, cuyo objeto era impugnar una sentencia proferida el 15 de febrero de 2024 por la Sección Primera del mismo Consejo.
Antecedentes procesales y fácticos
El proceso original consistió en una demanda de nulidad interpuesta en contra de diversas resoluciones y un auto expedidos por el Ministerio de Minas y Energía en la década de 1990. La acción fue promovida por varios demandantes, entre ellos una asociación ecológica y particulares, bajo varios radicados acumulados, concluyendo con la sentencia que declaró la nulidad de varias resoluciones administrativas.
Posteriormente, la sociedad constructora interpuso el recurso extraordinario de revisión contra dicha sentencia, conforme a lo establecido en los artículos 248 a 255 del CPACA, modificados por la Ley 2080 de 2021. Sin embargo, el recurso fue inicialmente inadmitido mediante providencia, la cual señaló la necesidad de subsanar varias falencias formales tales como:
- Precisión de la causal de revisión invocada y sus fundamentos fácticos y jurídicos.
- Determinación clara de los demandados, evitando señalar como tales a la Sala o magistrados que emitieron la sentencia, dado que no son sujetos procesales demandables.
- Indicación de correos electrónicos para notificaciones conforme a la Ley 2213 de 2022 y el CPACA.
- Acreditación del envío simultáneo...