Consejo de Estado niega medida cautelar contra parágrafo transitorio de resolución del Departamento Nacional de Planeación
Proviene de: Sentencias
30 de septiembre de 2025 10:0:21
Competencia y naturaleza de la decisión
El auto fue proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, en ejercicio de su competencia para resolver solicitudes de medidas cautelares en procesos contencioso-administrativos, conforme a lo previsto en los artículos 1256 y 229 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA). La providencia resuelve una solicitud de suspensión provisional de los efectos de un acto administrativo, en el marco de un proceso de nulidad.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, en ejercicio del medio de control de nulidad, interpuso demanda contra el parágrafo transitorio primero del artículo 7 de la Resolución 2991 de 2021, norma que establece la metodología para la medición del desempeño en proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías. En concreto, el parágrafo establecía que para el año 2023 las dos mediciones de desempeño anuales consecutivas se calcularían a partir del promedio simple de resultados del último trimestre de 2021 y las cuatro mediciones trimestrales de 2022.
Junto con la demanda, se solicitó la suspensión provisional de los efectos de dicho parágrafo, con fundamento en los artículos 238 de la Constitución Política y 229, 230 y 231 del CPACA, alegando vulneración de normas superiores. El Departamento Nacional de Planeación se opuso a la medida, argumentando la ausencia de elementos probatorios y la falta de ilegalidad manifiesta.
Consideraciones jurídicas y fundamentos del auto
El Consejo de Estado recordó que las medidas cautelares en la jurisdicción contencioso administrativa tienen como propósito proteger provisionalmente el objeto del proceso y la...
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