Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La presente norma fue expedida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social mediante la Resolución número 02229 de 2025, con fecha de emisión el 24 de septiembre de 2025, y publicada en el Diario Oficial No. 53.259 el 30 de septiembre del mismo año.
Tema principal y destinatarios
La resolución regula la actualización de los montos de las transferencias monetarias del Programa Colombia Mayor, dirigido a personas mayores en condición de pobreza extrema o indigencia, beneficiarias de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional. Se enfoca en mejorar la protección social de este grupo etario, cuya vulnerabilidad económica es reconocida constitucionalmente y en normas internacionales.
Objetivo de la resolución
El objetivo principal es actualizar y diferenciar los montos de las transferencias monetarias para los beneficiarios del programa, establecer un mecanismo de actualización anual acorde con la inflación, ampliar los canales de inscripción y derogar la normativa previa que regulaba estos aspectos. Se busca garantizar un ingreso mínimo que permita superar la línea de pobreza extrema, atendiendo además el principio de progresividad y un enfoque diferencial basado en rangos etarios.
Decisiones y regulaciones principales
A partir del décimo ciclo de 2025 (octubre), se fijan dos montos diferenciados para la transferencia monetaria:
- 230.000 pesos para mujeres de 70 años o más y hombres de 75 años o más, beneficiarios activos.
- 80.000 pesos para los demás beneficiarios activos del programa.
Además, se establece que a partir de 2026, el monto de la transferencia se actualizará anualmente conforme a la variación del IPC certificada por el DANE, condicionado a la disponibilidad presupuestal.
En cuanto al acceso al programa, se amplían los canales de inscripción para que los potenciales beneficiarios puedan registrarse no solo a través de las alcaldías municipales y distritales, sino también mediante las Gerencias Regionales del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, buscando mayor cobertura y eficiencia en territorios con alta concentración de población.
Se deroga expresamente la Resolución número 0809 de 2024, que establecía montos anteriores y otras disposiciones.
Base legal y fundamentos
La resolución se fundamenta en diversas normas constitucionales y legales:
- Artículo 46 de la Constitución Política de 1991, que reconoce la protección del Estado hacia las personas mayores.
- Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, ratificada por Colombia mediante la Ley 2055 de 2020.
- Artículos 257 y 258 de la Ley 100 de 1993, que regulan el programa de auxilios para ancianos en condición de indigencia y fijan límites máximos para las transferencias monetarias.
- Decretos 1833 de 2016 (y su modificación 1690 de 2020), 017 de 2025, y normativas relacionadas con la administración del Fondo de Solidaridad Pensional y el programa Colombia Mayor.
- Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 (Ley 2294 de 2023) y la Política Pública Nacional de Envejecimiento y Vejez 2022-2031, que orientan la protección social y económica de la población mayor.
El ajuste diferencial responde a evidencias sobre mayores grados de dependencia funcional y vulnerabilidad económica en mujeres a partir de los 70 años y hombres desde los 75 años, con base en análisis técnicos y recomendaciones de organismos como el Banco Interamericano de Desarrollo.
Impacto y vigencia
Esta resolución tiene un impacto directo en la protección social de las personas mayores en Colombia, especialmente en quienes enfrentan mayores riesgos de pobreza y dependencia. La actualización diferenciada y periódica de los montos permitirá preservar el poder adquisitivo de los beneficiarios frente a la inflación, mientras que la ampliación de canales de inscripción facilitará el acceso al programa.
La norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, y se aplicará a partir del décimo ciclo de pago de 2025. La ejecución de los pagos estará sujeta a la disponibilidad presupuestal y al cumplimiento de los requisitos vigentes para la inscripción y permanencia en el programa.
Resumen en tabla
| Aspecto |
Detalle |
| Entidad emisora |
Departamento Administrativo para la Prosperidad Social |
| Resolución |
02229 de 2025 |
| Fecha de emisión |
24 de septiembre de 2025 |
| Programa reglamentado |
Colombia Mayor (Protección Social al Adulto Mayor) |
| Monto para mujeres ≥70 años y hombres ≥75 años |
$230.000 mensuales |
| Monto para otros beneficiarios |
$80.000 mensuales |
| Actualización |
Anual según IPC, desde 2026 |
| Canales de inscripción |
Alcaldías y Gerencias Regionales del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social |
| Vigencia |
Desde publicación, aplicable desde ciclo 10 de 2025 |