Consejo de Estado ordena acumulación de procesos en nulidad electoral para garantizar seguridad jurídica
Proviene de: Sentencias
1 de octubre de 2025 21:22:37
Providencia proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado
El Consejo de Estado, en su calidad de tribunal de única instancia para conocer procesos de nulidad de actos de elección de altas corporaciones judiciales y entidades autónomas, emitió un auto interlocutorio el 30 de septiembre de 2025, mediante el cual resolvió un recurso de reposición interpuesto contra un auto previo del 8 de septiembre de 2025. En este, se negó un incidente de nulidad y la acumulación de procesos sobre una elección cuestionada.Antecedentes del caso
El proceso tiene origen en una demanda de nulidad electoral presentada en agosto de 2025 contra un acto de elección de un magistrado de una alta corte. Inicialmente, el tribunal dispuso tramitar el caso mediante sentencia anticipada, decisión que fue impugnada por la parte demandada mediante recurso de reposición y posterior incidente de nulidad. Este último solicitaba dejar sin efectos el auto que ordenó la sentencia anticipada, alegando que existía otra demanda similar radicada posteriormente y que, por razones de seguridad jurídica y economía procesal, ambas debían acumularse para su trámite conjunto. El tribunal negó inicialmente el incidente de nulidad y la acumulación de procesos, decisión contra la cual se interpuso nuevamente recurso de reposición y, en subsidio, súplica.Consideraciones jurídicas de la Sala
La Sala recordó su competencia para conocer el proceso en única instancia, conforme a los artículos 149 de la Ley 1437 de 2011 y sus modificaciones posteriores. Además, confirmó la procedencia del recurso de reposición contra autos, atendiendo a los plazos legales establecidos en el Código General del Proceso. En cuanto al fondo, la Sala destacó...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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