Consejo de Estado admite apelación en controversia contractual del Municipio de Providencia y Santa Catalina
Proviene de: Sentencias
1 de octubre de 2025 21:26:10
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C del Consejo de Estado, que actúa en segunda instancia. El proceso se originó en el Tribunal Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, instancia donde se profirió la sentencia de primera instancia el 17 de octubre de 2024. Esta sentencia negó las pretensiones formuladas por el municipio demandante en un caso de controversias contractuales.
Antecedentes del caso
El Municipio de Providencia y Santa Catalina presentó una demanda contra un consorcio relacionado con un contrato público, con una pretensión que excedía los 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, cifra que determina la competencia para conocer el proceso en primera instancia por parte del Tribunal Administrativo. La demanda fue desestimada en primera instancia, por lo que el municipio interpuso recurso de apelación dentro del término legal establecido. La apelación fue sustentada oportunamente, cumpliendo con los requisitos de procedencia, oportunidad y fundamentación establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado admitió el recurso de apelación basándose en lo dispuesto en los artículos 150 y 152 del CPACA, que regulan la competencia y los requisitos para la procedencia de recursos en segunda instancia. Además, se aplicaron las modificaciones introducidas por la Ley 2080 de 2021, que actualizan los procedimientos para controversias contractuales.
Se recordó que, conforme a la normativa vigente, desde la notificación del auto que concede el recurso hasta la ejecutoria del auto que lo admite, las partes...
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