Consejo de Estado ajusta sanción por extemporaneidad en impuesto de industria y comercio en caso contra Municipio de Pereira
Proviene de: Sentencias
2 de octubre de 2025 14:55:33
Providencia de segunda instancia en el Tribunal Administrativo de Risaralda
La Sala Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resolvió los recursos de apelación interpuestos por las partes contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Risaralda, Sala Cuarta de Decisión, proferida el 10 de octubre de 2024. La decisión se centró en analizar la nulidad y el restablecimiento del derecho frente a dos resoluciones administrativas del Municipio de Pereira que impusieron y confirmaron una sanción por extemporaneidad en la presentación de la declaración del ICA.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con la imposición, mediante Resolución del 2 de septiembre de 2021, de una sanción por extemporaneidad a una sociedad comercial dedicada al comercio y mantenimiento de vehículos automotores, por la declaración tardía del ICA correspondiente al año 2017. Posteriormente, la Secretaría de Hacienda del municipio confirmó la sanción mediante resolución del 8 de noviembre de 2022. La sociedad demandante interpuso acción de nulidad y restablecimiento del derecho solicitando la anulación de ambas resoluciones y argumentando que, debido a una exoneración tributaria concedida por un término de diez años, no existía impuesto a cargo que sirviera de base para la sanción, además de señalar una incorrecta cuantificación y falta de motivación en los actos administrativos.
Durante el trámite, el municipio no contestó la demanda. En primera instancia, el Tribunal anuló parcialmente los actos administrativos y ordenó la reliquidación de la sanción conforme a la normativa municipal, negando las demás pretensiones y sin condena en costas.
Consideraciones principales de la Sala
El Consejo de Estado confirmó la existencia de una exoneración del 100...
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