Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en octubre de 2025, sería presentado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público como modificación a los artículos 2.6.7.8.1., 2.6.7.8.2., 2.6.7.8.4. y 2.6.7.8.5. del Capítulo 8, Título 7, Parte 6, Libro 2 del Decreto 1068 de 2015. Este decreto único reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público regula la línea de redescuento con tasa compensada que opera la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. (Findeter). La línea ha sido objeto de anteriores ampliaciones y ajustes en 2021, 2022 y 2023, buscando fortalecer el financiamiento para la red pública hospitalaria y los programas territoriales vinculados a la salud pública.
Tema principal y propósito del proyecto
El proyecto se enfocaría en ampliar y ajustar la línea de crédito con tasa compensada para financiar, por un lado, las necesidades de capital de trabajo y sustitución de deuda de las IPS públicas, y por otro, los proyectos de inversión de las Entidades Territoriales en los programas de saneamiento fiscal y financiero de las Empresas Sociales del Estado, así como en la reorganización, rediseño y modernización de sus redes y los centros de atención primaria.
Esta línea de crédito se orientaría de manera exclusiva a las IPS públicas y a las Entidades Territoriales, con el objetivo de atender las dificultades financieras persistentes en estas instituciones, las cuales afectan la calidad y continuidad de los servicios de salud en el país.
Modificaciones y medidas específicas propuestas
Entre las principales modificaciones que el proyecto plantearía se encuentran:
- Incremento del monto de la línea de crédito: Se adicionaría un monto de cincuenta mil millones de pesos ($50.000.000.000) a la línea existente, elevando su tope total hasta aproximadamente novecientos setenta y siete mil ochocientos treinta y dos millones de pesos ($977.832.435.063).
- Reducción de la tasa de interés: La tasa de redescuento se reduciría de IBR + 1% mes vencido a IBR + 0% mes vencido, buscando ofrecer recursos más competitivos y asequibles para los beneficiarios.
- Focalización de beneficiarios: Se limitaría el acceso exclusivamente a Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas y Entidades Territoriales, excluyendo a IPS privadas y otras entidades del sector.
- Condiciones financieras: El plazo máximo para las operaciones se mantendría en hasta cinco años, con un periodo de gracia de hasta un año para el pago de capital.
Acciones y disposiciones operativas
El proyecto establecería que Findeter, en coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social, formalizaría mediante convenios interadministrativos las condiciones específicas de operación y los requisitos para la implementación de esta línea de crédito. El Ministerio de Salud establecería, por acto administrativo, las condiciones y requisitos necesarios para su aplicación.
Además, la línea de crédito estaría destinada a ser utilizada para:
- Capital de trabajo y sustitución de deuda para IPS públicas.
- Inversión para saneamiento fiscal y financiero de las Empresas Sociales del Estado, así como para los programas territoriales de reorganización, rediseño y modernización de redes hospitalarias e inversión en centros de atención primaria por parte de las Entidades Territoriales.
Se excluiría como beneficiarias a las IPS públicas que se encuentren en procesos de retiro voluntario, liquidación o bajo medidas administrativas de intervención forzosa por parte de las autoridades de salud.
Participación de actores clave
El proyecto implicaría la participación directa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Salud y Protección Social y Findeter, como entidad financiera operadora de la línea de redescuento con tasa compensada. Asimismo, las IPS públicas y las Entidades Territoriales serían los principales beneficiarios y actores en la implementación y ejecución de los recursos.
El seguimiento y supervisión de la correcta utilización de los recursos se realizaría conforme a los convenios interadministrativos y la regulación establecida por las entidades mencionadas.
Información adicional y participación ciudadana
Conforme a la normatividad vigente, el proyecto de decreto estaría disponible para consulta pública en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Se establecería un periodo para recibir observaciones y comentarios de actores interesados y ciudadanía en general, promoviendo la participación en el proceso de elaboración normativa.
Este mecanismo permitiría que diversos sectores y ciudadanos expresen sus opiniones sobre la viabilidad, alcance y posibles impactos del proyecto antes de su eventual expedición y puesta en vigencia.
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Esta noticia informa sobre un proyecto de decreto que, de ser aprobado, modificaría el marco normativo para fortalecer la financiación del sector público de salud en Colombia, mediante la ampliación y ajuste de una línea de crédito con condiciones favorables para IPS públicas y Entidades Territoriales. El propósito es mejorar la sostenibilidad financiera y la prestación de servicios de salud a la población, contribuyendo así al fortalecimiento del sistema sanitario y al bienestar general de la ciudadanía.