Consejo de Estado confirma liquidación de costas en recurso extraordinario de revisión
Proviene de: Sentencias
6 de octubre de 2025 19:44:4
Contexto y tribunal competente
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sala Especial de Decisión 21, con sede en Bogotá D.C., emitió un auto interlocutorio el 25 de julio de 2025 para resolver un recurso de súplica contra la liquidación de costas aprobada el 21 de septiembre de 2023. La providencia se enmarca en un proceso especial derivado del recurso extraordinario de revisión, el cual se tramita en única instancia, razón por la cual la Sala es competente para conocer del recurso ordinario de súplica conforme a los artículos 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y 366 del Código General del Proceso (CGP).
Antecedentes fácticos y procesales
El caso tiene su origen en un proceso ordinario de reparación directa, en el que la parte actora cuestionó la actuación de una entidad pública vinculada al desarrollo urbano. Tras declararse infundado el recurso extraordinario de revisión presentado por la parte actora, la sentencia condenó en costas a esta última, fijando en particular las agencias en derecho a favor de la entidad demandada en un salario mínimo legal mensual vigente, conforme al artículo 255 del CPACA.
La Secretaría General del Consejo de Estado realizó la liquidación correspondiente, aprobada posteriormente por el magistrado conductor mediante auto de septiembre de 2023, fijando las costas procesales en $1.160.000.
En contra de esta decisión, la entidad demandada interpuso recursos de reposición y súplica, argumentando que el monto reconocido por agencias en derecho no compensaba adecuadamente la labor desempeñada, pues no se valoraron debidamente elementos como la naturaleza, duración de la gestión, cuantía del proceso...
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