Contexto y tribunal competente
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en instancia de revisión, emitió un auto interlocutorio el 29 de septiembre de 2025 en un proceso iniciado mediante medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. El caso involucra la impugnación contra resoluciones emitidas por la Superintendencia de Industria y Comercio relacionadas con el registro marcario.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante interpuso acción contra la Superintendencia de Industria y Comercio para solicitar la nulidad de dos resoluciones que decidieron una solicitud de registro marcario y resolvieron un recurso de apelación. Además, pidió el restablecimiento del derecho ordenando la concesión del registro para la marca “POTTERY BARN” en la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza, que comprende servicios comerciales.
En primera instancia, mediante auto del 7 de mayo de 2019, el Despacho admitió la demanda, vinculó a una sociedad como tercero con interés directo en el proceso y ordenó la notificación correspondiente. Posteriormente, la demandante informó un cambio en la titularidad de las marcas opositoras, señalando que la sociedad inicialmente identificada estaba en liquidación y que una nueva entidad era la titular actual.
Consideraciones y decisión del Consejo de Estado
El Consejo verificó la información en el Sistema de Información de Propiedad Industrial (SIPI) y confirmó que la sociedad originalmente vinculada figuraba como solicitante y titular de las marcas opositoras, pero se encontraba en proceso de liquidación. En consecuencia, concluyó que la titularidad actual correspondía a otra sociedad.
Por estas razones, la Sala decidió:
- Desvincular a la sociedad inicialmente considerada como tercero con interés directo en...