Consejo de Estado rechaza recurso de súplica contra sentencia sobre reliquidación pensional
Proviene de: Sentencias
6 de octubre de 2025 19:56:16
Contexto y tribunal competente
El Consejo de Estado, máxima instancia en lo contencioso administrativo, a través de su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda - Subsección B, emitió un auto que rechaza el recurso de súplica interpuesto por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). Este recurso buscaba impugnar la sentencia de 24 de octubre de 2024, que a su vez resolvió una acción especial de revisión sobre la reliquidación de una pensión.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó con un recurso extraordinario de revisión presentado por la UGPP contra una sentencia emitida en 2016 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La UGPP solicitaba que se reliquidara una pensión en aplicación del inciso tercero del artículo 36 de la Ley 100 de 1993 y los factores salariales estipulados en el Decreto 1158 de 1994, conforme a los lineamientos jurisprudenciales de la Corte Constitucional.
En octubre de 2024, la Sala de lo Contencioso Administrativo declaró infundada dicha acción especial de revisión, concluyendo que la sentencia original del Tribunal Administrativo no excedió los parámetros legales aplicables al régimen de transición pensional. Además, en esa decisión se abstuvo de imponer condena en costas a la UGPP.
Inconforme con la no condena en costas, la parte demandada interpuso un recurso de súplica, argumentando que, en caso de rechazo del recurso extraordinario, sí correspondía la condena en costas conforme a la normativa aplicable.
Consideraciones jurídicas sobre el recurso de súplica
El Consejo de Estado analizó la procedencia del recurso de súplica conforme al artículo 246 del Código de Procedimiento Administrativo y...
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