Consejo de Estado admite recurso extraordinario de revisión en proceso de reliquidación pensional
Proviene de: Sentencias
6 de octubre de 2025 19:58:16
Contexto y naturaleza del proceso
El auto de pruebas fue emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia, en el trámite de un recurso extraordinario de revisión presentado por la UGPP. Este recurso se fundamentó en los literales a) y b) del artículo 20 de la Ley 797 de 2003, normas que regulan las causales para revisar sentencias definitivas en procesos administrativos.
El proceso original versa sobre la reliquidación de una pensión de jubilación, cuyo caso fue previamente conocido por el Tribunal Administrativo de Santander, que emitió sentencia el 13 de noviembre de 2014. La UGPP, entidad encargada de la fiscalización y gestión de los recursos parafiscales de la protección social, solicitó la revisión de dicha sentencia mediante el recurso extraordinario.
Antecedentes fácticos y procesales
La UGPP interpuso el recurso extraordinario de revisión dentro del plazo legal, presentando las pruebas que consideró pertinentes para sustentar su solicitud. La parte demandada contestó el recurso, aunque no solicitó pruebas adicionales. Es relevante destacar que el expediente del proceso ordinario, con radicado correspondiente, fue incorporado de manera digital al presente trámite por la Oficina de Servicios de los Juzgados Administrativos de Bucaramanga, lo que permitirá un análisis integral del asunto.
Asimismo, la Sala reconoció la personería jurídica a los apoderados judiciales de ambas partes, conforme a los poderes allegados al proceso, lo que garantiza la representación formal y adecuada en las actuaciones.
Consideraciones de la providencia
El despacho judicial resolvió tener por contestado el recurso extraordinario de revisión y decretó las pruebas necesarias para la correcta valoración del caso. En ese sentido, se...
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