Contexto y antecedentes procesales
El proceso de control judicial se originó a partir de una acción popular presentada por una fundación ambientalista contra la Corporación Autónoma Regional de Boyacá y la empresa dedicada a la piscicultura en jaulas flotantes dentro del Lago de Tota. La demanda buscaba la protección de derechos e intereses colectivos vinculados al goce de un ambiente sano, el equilibrio ecológico, la defensa de bienes de uso público y la seguridad sanitaria, alegando que la actividad piscícola generaba contaminación y riesgo de eutrofización del ecosistema lacustre.
Se cuestionaron los permisos administrativos otorgados para la actividad acuícola, su impacto ambiental, y las medidas adoptadas por las autoridades para controlar los vertimientos orgánicos generados por la truchicultura. La Corporación Autónoma Regional de Boyacá y la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca negaron responsabilidad directa en la afectación ambiental, resaltando la legalidad y regulación vigente de la actividad.
El Tribunal Administrativo de Boyacá, en primera instancia, amparó los derechos colectivos invocados y ordenó la implementación de medidas preventivas para mitigar el deterioro ambiental, incluyendo la instalación obligatoria de sistemas colectores de residuos en las jaulas, monitoreo permanente del lago y formulación de un Plan de Ordenamiento de la Pesca y la Acuicultura (POPA).
Consideraciones y fundamentos de la decisión del Consejo de Estado
La Sala Primera del Consejo de Estado, competente para conocer recursos de apelación en acciones populares, analizó los reparos presentados por la fundación demandante y la Corporación Autónoma Regional de Boyacá. Se confirmaron los siguientes aspectos clave:
- Aplicación del principio de prevención ambiental: La Sala indicó que, conforme a la jurisprudencia constitucional y...