Consejo de Estado confirma falta de jurisdicción en controversia contractual entre Ministerio de Educación y entidad fiduciaria
Proviene de: Sentencias
6 de octubre de 2025 20:9:25
Tribunal e instancia procesal
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B, en ejercicio de su función de control de legalidad dentro de un proceso de controversias contractuales regulado por la Ley 1437 de 2011.
Antecedentes fácticos y procesales
El 14 de octubre de 2016, el Ministerio de Educación Nacional presentó demanda contra una sociedad fiduciaria de economía mixta del orden nacional, con objeto de declarar el incumplimiento contractual, ordenar el pago de sumas adeudadas y efectuar la liquidación judicial del contrato. El contrato en cuestión consistía en la administración de recursos para un proyecto educativo a título de encargo fiduciario.
Inicialmente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró la falta de jurisdicción y remitió el proceso a la Cámara de Comercio. Sin embargo, el Consejo de Estado revocó esta decisión en 2019 al considerar que la cláusula arbitral no evidenciaba una voluntad clara para acudir a arbitraje. Posteriormente, en primera instancia, el Tribunal Administrativo decidió liquidar judicialmente el contrato, decisión contra la cual se interpuso recurso de apelación.
En junio de 2025, el Consejo de Estado emitió un auto declarando la falta de jurisdicción para tramitar el asunto, anulando lo actuado desde la sentencia de primera instancia del 7 de diciembre de 2022. La decisión se fundamentó en la naturaleza jurídica de la entidad fiduciaria, que opera como institución financiera vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, y en que el contrato objeto del litigio correspondía al giro ordinario de sus negocios, excluyendo la competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo conforme al...
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