Consejo de Estado rechaza nulidad procesal en controversia contractual del Municipio de Armenia
Proviene de: Sentencias
6 de octubre de 2025 20:16:39
Contexto y antecedentes del caso
El proceso judicial se originó tras la demanda presentada por el Municipio de Armenia contra la Empresa de Desarrollo Urbano de Armenia Ltda. (EDUA) y una aseguradora, por presunto incumplimiento del contrato interadministrativo n.º 008 de 2015, que tenía como objeto la construcción de un centro cultural y turístico. La demanda solicitaba, entre otros aspectos, la declaración del incumplimiento contractual, la efectividad de la cláusula penal, la devolución de anticipos y pagos indebidos.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Quindío declaró la nulidad absoluta del contrato y ordenó la devolución de una suma importante de dinero al Municipio, descontando los rendimientos financieros que se hubieran transferido posteriormente. Contra esta sentencia, ambas partes interpusieron recurso de apelación, concedido por el Tribunal y remitido al Consejo de Estado para segunda instancia.
Posteriormente, un apoderado no parte en el proceso solicitó la nulidad de la sentencia de primera instancia, alegando la existencia de varias causales de nulidad procesal, entre ellas, la falta de notificación y vinculación como litisconsorte necesario, la omisión de pruebas obligatorias y la reviviscencia de procesos legales concluidos.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado confirmó su competencia para resolver la solicitud de nulidad, recordando que el control de legalidad es previo a la decisión de apelación en segunda instancia, conforme a la Ley 1437 de 2011 y sus modificaciones.
Respecto a las causales invocadas, el auto analizó en detalle el artículo 133 del Código General del Proceso, que establece de manera taxativa las causales de nulidad procesal aplicables en materia contencioso-administrativa. En particular, se centró en la...
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